NUEVA SENTENCIA SOBRE LA JORNADA EN LOS REMOLCADORES, FAVORABLE A LOS INTERESES DE LAS TRIPULACIONES


Recientemente hemos tenido noticia del fallo del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana, motivado por el recurso presentado por CGT ante la sentencia del Tribunal de primera instancia de Castellón, que había desestimado nuestra demanda de Conflicto Colectivo, denunciando el exceso de horas de trabajo/presencia y la falta de descansos en la empresa BOAT SERVICE  (BOLUDA) de Castellón, incumpliéndose la normativa laboral vigente.


El TSJCV se ha pronunciado de la siguiente forma,

FALLAMOS:

«Que estimando el recurso de suplicación interpuesto por el SINDICATO DE LA CONFEDERACIÓN GENERAL DE TRABAJADORES contra la sentencia de fecha veintitrés de Julio del Dos Mil Dieciocho dictada por el Juzgado de lo Social Número 1 de Castellón de la Plana en autos número 283/2018 seguidos a instancias del recurrente frente a la empresa BOAT SERVICE SA sobre CONFLICTO COLECTIVO, debemos de revocar la sentencia recurrida y estimando la demanda formulada, declaramos la ilegalidad de la práctica de empresa consistente en que los trabajadores efectúen 2.894 horas de trabajo de tiempo de presencia en jornada anual, alcanzando las horas anuales de trabajo a computar incluidas las de presencia a 3.934 horas, condenando a la demandada a estar y pasar por esta declaración.

Esto, junto a la sentencia ya firme del Tribunal Supremo (Sala de lo Social, Sección 1ª) Sentencia num. 728/2016 de 14 septiembre, nos marcan a todos una caminos a seguir para exigir que se respete la legislación vigente, y de defender nuestros derechos sin paliativos.

Felicitamos a los compañeros de BOAT SERVICE, y esperemos que pronto se vea reflejada la sentencia en sus condiciones laborales. Pero recordamos que tenemos pendiente la readmisión  de HUMBERTO, y que debemos redoblar los esfuerzos para corregir esa injusticia.

Y aunque cabe recurso nos debemos felicitar por el contenido de la misma, que finalmente recoge lo que la propia ley dice, pero que otros tienen máximo interés en obviarlo. También porque las consecuencias positivas es muy posible que alcancen a otros colectivos de trabajadores con similares condiciones laborales, que han motivado nuestra denuncia.  Y recordar que detras de esto hay y debe haber un trabajo sindical continuo, serio y honesto.

Desde CGT Mar y Puertos reafirmamos nuestro compromiso en la defensa de los intereses comunes, sin más. Pero también debemos recordar que el Sindicato lo formamos las personas, y que necesitamos la participación activa de todos. En caso contrario. Será difícil llegar a todas partes.

En los enlaces a pie de página podreis ver y descargar tanto la sentencia como el informe jurídico de nuestro abogado, que seguro os puede aportar mayor claridad al tema.

Quedamos a vuestra disposición para atender vuestras dudas y consultas.

Secretariado Permanente

CGT Mar y Puertos


sentencia boat

20190111 INFORME JURIDICO